Ante la multitud de preguntas recibidas por parte de las empresas (y especialmente por los autónomos asociados), así como de las noticias aparecidas en diferentes medios de comunicación, os hacemos llegar un comunicado publicado por el Ministerio de Trabajo (Gobierno de España), donde se aclaran las medidas económicas tomadas por el ejecutivo con motivo del coronavirus y se desmienten las “fake news” aparecidas en las últimas horas:
http://prensa.empleo.gob.es/…/noticias/ministro/detalle/3750
Os recordamos que esta crisis va haciendo tomar decisiones de forma muy dinámica. Ante cualquier cambio de importancia en estas medidas, desde ACST y CONFECOMERÇ CV os las haremos llegar tan pronto sean “oficializadas” por el Gobierno de España o el órgano competente en cuestión (Generalitat Valenciana, Consellería de Economía y Comercio, Etc).
Así mismo, os adjuntamos documento publicado por dicho ministerio que, en relación a los autónomos, de los que ha aparecido información contradictoria en diferentes medios, recoge que:
– Todos los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75%, tienen ya derecho a la prestación. (Ahora mismo NO son todos los autónomos, solo aquellos que han cerrado su negocio o han sufrido una caída de ingresos de, al menos, un 75% debido a la crisis del COVID-19)
– Los autónomos en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661€ para quienes hayan tenido que cerrar su negocio o hayan perdido el 75% de su facturación.
– ¿Y si tengo alguna deuda con la Seguridad Social? El gobierno permite un plazo de 30 días para ponerse “al día” con dichas deudas y poder acceder a las prestaciones.
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