👉🏻 ACST. Asociación de Comerciantes y Servicios de Torrent informa:

👉🏻 Este Miércoles 17.02.21 comienza el plazo para solicitar las Ayudas Paréntesis del Ajuntament de Torrent (Plan Resistir)

👉🏻 ¿Quién puede solicitar las ayudas?

Autónomos/as que desarrollen su actividad en uno de los sectores indicados en el Anexo que os adjuntamos.

Microempresas de hasta 10 trabajadores/as y que desarrollen su actividad en uno de los sectores indicados en el anexo que os adjuntamos.

👉🏻 Requisitos

1️⃣ Ser autónomo o microempresa, en ambos casos con un máximo de 10 trabajadores.

2️⃣ Tener domicilio fiscal en el municipio de Torrent.

3️⃣ En el caso de tener personas trabajadoras, estar afiliadas a la Seguridad Social a fecha 31 de diciembre de 2020.

4️⃣ Ser titular de alguna de las actividades que figuran como documento anexo.

5️⃣ No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley general de subvenciones.

6️⃣ Estar al corriente de obligaciones con la Hacienda estatal (AEAT), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como no tener deuda pendiente con la Hacienda municipal de Torrent.

7️⃣ Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro de subvenciones.

8️⃣ En el caso de las microempresas, constar como sociedad limitada, sociedad anónima, cooperativa, comunidad de bienes, sociedad civil, asociación u otras entidades análogas.

9️⃣ En el caso de cooperativas con socios cooperativistas en régimen de autónomos que desarrollen actividad de venta no sedentaria en mercados anexos a fijos, tendrán la condición de beneficiario los socios autónomos y no la cooperativa.

1️⃣0️⃣ Quedan excluidas las Administraciones Públicas, empresas públicas y otros entes públicos, así como los autónomos colaboradores y autónomos económicamente dependientes.

👉🏻 Únicamente se otorgará una subvención por persona física o jurídica solicitante.

👉🏻 Gastos subvencionables y cuantía de las ayudas

Serán gastos subvencionables los gastos corrientes del beneficiario durante el periodo comprendido entre el 1 de abril de 2020 y la fecha fin de justificación de las citadas ayudas (30 de junio de 2021).

⚠️ Ojo! No serán subvencionables aquellos gastos corrientes que ya hayan sido objeto de subvención en su totalidad en las convocatorias realizadas por este Ayuntamiento con anterioridad.

💶 Una cantidad fija de 2.000 euros por cada persona trabajadora autónoma o microempresa con un máximo de 10 personas trabajadoras.

💶 Una cantidad fija de 200 euros por persona trabajadora afiliada a la Seguridad Social a fecha 31 de diciembre de 2020 de dichas microempresas y personas trabajadoras autónomas.

🗓 ¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

El plazo para la solicitud de la ayuda comienza el 17 de febrero y finaliza el 16 de marzo

🖥 El ayuntamiento ha habilitado la siguiente web con la información sobre las ayudas:

http://www.torrent.es/ayudasparentesis

📝 El trámite se puede realizar en el siguiente enlace:

http://bit.ly/parentesis_tramite

🕘 Se puede solicitar cita previa para realizar el trámite en persona a través del siguiente enlace:

http://bit.ly/parentesis_citaprevia

👉🏻 Actividades que pueden solicitar las ayudas:

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📱Nos ponemos a vuestra disposición para ayudaros en la gestión de estas ayudas y resolver dudas en el 616832711 – info@acst.es